28 de enero de 2010 por Michael Robinson · 2 comentarios

La expulsión de Cristiano Ronaldo

Michael Robinson nos analiza la reacción del portugués tras su expulsión ante el Málaga CF.

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  1. Comparto lo que dices. No fue una agresión, pero el artículo 137 del reglamento de la RFEF estipula lo siguiente:

    Se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes:

    a) Emplear juego peligroso causando daño que merme las facultades del ofendido.

    Es decir, en las sanciones menores refleja el caso Cristiano Ronaldo. Emplear juego peligroso (soltar repetidamente el brazo para zafarse) causando daño (rotura del tabique nasal) que merme las facultades del ofendido (está lesionado y no ha podido entrenarse).

    Saludos desde La Pizarra – Blog de Fútbol

  2. david català dice:

    absolutamente deacuerdo, unas palabras cargadas de “seny”.

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